lundi 11 février 2013

Dios nos asista

Queridísimos hermanos,

Os he convocado a este Consistorio, no sólo para las tres causas de canonización, sino también para comunicaros una decisión de gran importancia para la vida de la Iglesia. Después de haber examinado ante Dios reiteradamente mi conciencia, he llegado a la certeza de que, por la edad avanzada, ya no tengo fuerzas para ejercer adecuadamente el ministerio petrino.

Soy muy consciente de que este ministerio, por su naturaleza espiritual, debe ser llevado a cabo no únicamente con obras y palabras, sino también y en no menor grado sufriendo y rezando. Sin embargo, en el mundo de hoy, sujeto a rápidas transformaciones y sacudido por cuestiones de gran relieve para la vida de la fe, para gobernar la barca de san Pedro y anunciar el Evangelio, es necesario también el vigor tanto del cuerpo como del espíritu, vigor que, en los últimos meses, ha disminuido en mí de tal forma que he de reconocer mi incapacidad para ejercer bien el ministerio que me fue encomendado.

Por esto, siendo muy consciente de la seriedad de este acto, con plena libertad, declaro que renuncio al ministerio de Obispo de Roma, Sucesor de San Pedro, que me fue confiado por medio de los Cardenales el 19 de abril de 2005, de forma que, desde el 28 de febrero de 2013, a las 20.00 horas, la sede de Roma, la sede de San Pedro, quedará vacante y deberá ser convocado, por medio de quien tiene competencias, el cónclave para la elección del nuevo Sumo Pontífice.

Queridísimos hermanos, os doy las gracias de corazón por todo el amor y el trabajo con que habéis llevado junto a mí el peso de mi ministerio, y pido perdón por todos mis defectos. Ahora, confiamos la Iglesia al cuidado de su Sumo Pastor, Nuestro Señor Jesucristo, y suplicamos a María, su Santa Madre, que asista con su materna bondad a los Padres Cardenales al elegir el nuevo Sumo Pontífice.

Por lo que a mi respecta, también en el futuro, quisiera servir de todo corazón a la Santa Iglesia de Dios con una vida dedicada a la plegaria.

Vaticano, 10 de febrero 2013.

BENEDICTUS PP XVI

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Un poco de historia, en previsión de la que se nos avecina…

Celestino V

Pedro di Morone era un monje de origen campesino. Fue elegido papa el 5 de julio de 1294, cuando contaba con ochenta y cuatro años de edad, después de dos años de estar vacante la silla apostólica, tras la muerte de Nicolás IV. Fue entronizado el 29 de julio del mismo año y el quinto papa que se llamó Celestino. Gozaba de fama de santidad, y su elección fue celebrada multitudinariamente. Pero pronto se dio cuenta de que no contaba con las cualidades para el gobierno eclesiástico. Le faltó autoridad, seguridad, capacidad directiva y fuerza para no ser manipulado por los grupos políticos. Fue necesario debatir sobre la licitud y la conveniencia de la abdicación. Finalmente, el 13 de diciembre de 1294, alegando ignorancia, incapacidad y ser un hombre de maneras y lenguaje incultos, cambió sus vestiduras papales por las monacales que vestía antes, todo ello en un consistorio (reunión de los cardenales con el Papa). Entonces, se postró y pidió perdón por sus errores, los que solicitaba a la asamblea cardenalicia que reparara eligiendo un digno sucesor de San Pedro. Regresó a su convento. Bonifacio VIII, su sucesor, quiso llevar al papa dimisionario a Roma tanto para que le ayudara a apaciguar la oposición que su elección había provocado, como para evitar que sus adversarios restablecieran al último en el trono papal. Celestino huyó, pero fue capturado. Murió cautivo de Bonifacio VIII en una pequeña habitación del castillo de Fumone, el 19 de mayo de 1296.

El caso de Celestino V reviste especial significación por tres razones. La primera es que, mientras que en otros casos anteriores existe algún grado de incertidumbre en cuanto a si la renuncia o la deposición se efectuaron o no, o a si fueron válidas, o a si hubo voluntad de abdicación, o a si el papa lo era realmente, en el caso de Celestino no cabe ninguna duda. La segunda es que se trata de una renuncia absolutamente voluntaria. La tercera es que con esta renuncia, Celestino formalizó en el derecho canónico la renuncia de los pontífices. En efecto, mediante un decreto, estableció la legitimidad de la renuncia papal. Su sucesor, Bonifacio VIII (1294-1303), fue quien profundizó en la regulación de la abdicación del Papa, mediante una decretal (carta pontificia con fuerza de ley referente a dudas sobre cuestiones canónicas), a la que pertenece el siguiente párrafo: “Nuestro antecesor, el Papa Celestino V, mientras gobernaba la Iglesia, constituyó y decretó que el Pontífice Romano podía renunciar libremente. Por lo tanto, no sea que ocurra que este estatuto en el transcurso del tiempo caiga en el olvido, o que debido al tema, esto se preste para futuras disputas. Hemos determinado con el cónsul de nuestros hermanos que debe ser colocado entre las otras constituciones para que quede perpetuamente en el mismo.”

Gregorio XII

El angustiante período del Cisma de Occidente fue ocasión para una nueva renuncia papal. El 9 de abril de 1378 fue elegido papa Urbano VI en un cónclave agitado y con la presión externa del pueblo romano que exigía que el nuevo papa fuera romano o italiano. El nuevo papa actuó con rigor para corregir costumbres insanas entre los eclesiásticos, por lo que chocó con los cardenales. Éstos, en su mayoría franceses, en Fondi declaran nula la elección de Urbano VI, y eligen a un nuevo pontífice: Clemente VII. Los reinos europeos se hacen partidarios de uno u otro papa (lo que se conoce como el problema de las “obediencias”). El 30 de noviembre de 1406 fue elegido papa legítimo Gregorio XII, en la línea sucesoria de la obediencia romana. Contaba con 80 años. Fue entronizado el 9 de diciembre del mismo año. En 1409, reinando Gregorio XII y prosiguiendo Benedicto XIII la sucesión de Clemente VI, ciertos cardenales de uno y otro bando convocaron un sínodo en Pisa. Éste depuso a ambos papas, declarándolos herejes y cismáticos, a la vez que eligió a un nuevo Papa: Alejandro V. Dado que ni Gregorio ni Benedicto renunciaron, la crisis se agravó: ahora la cristiandad contaba con tres papas. Al morir Alejandro V, le sucedió Juan XXIII (sic), que se cuenta en la lista de los antipapas. Éste, después de convocar el Concilio de Constanza en 1415, fue apresado y obligado a renunciar. Por su parte, Gregorio XII, papa legítimo, también renunció el 4 de julio de 1415. Falleció el 18 de octubre de 1417, a los noventa años. Benedicto fue depuesto por el Concilio. En 1417 fue elegido Martín V como legítimo papa. Terminó así la más grave crisis de la Iglesia, que duró treinta y nueve años.

Pío VII: una renuncia firmada... pero no realizada

A Pío VII le tocó gobernar la Iglesia en los convulsos años de 1800 a 1823. Durante quince años tuvo que hacerle frente a Napoleón Bonaparte, cuya política eclesiástica era de la subordinación de la Iglesia a su gobierno, así como la extinción de los Estados Pontificios para incorporarlos a su imperio. Cuando por deseo de Napoleón y para negociar con éste, Pío VII fue a París a coronarlo como emperador en 1804, el Papa firmó su abdicación en previsión de una captura por parte de Napoleón. La detención no se realizó en ese momento, por lo que el Papa pudo volver a Roma y la renuncia no se llevó a efecto.

¿Pensó renunciar Pablo VI?

Se debate si Pablo VI (nacido en 1897 y fallecido en 1978) previó su renuncia. Los que se inclinan por una respuesta afirmativa, aducen algunos hechos, entre los que destacan los siguientes: 1) iniciativa de inhabilitar a los cardenales electores al alcanzar los ochenta años; 2) fijación en setenta y cinco años de la edad en que era recomendable que los obispos presentaran su dimisión, concretando la orientación del decreto del Concilio Vaticano II sobre el ministerio pastoral de los obispos (Christus Dominus, n.º 21); 3) una visita que, a poco más de los tres años de su elección, el 1 de septiembre de 1966, hizo a la tumba de Celestino V, sobre la que oró. Si realmente deseó e intentó renunciar y, si la respuesta es afirmativa, la razón por la que no lo hizo, no tienen, por ahora, respuestas categóricas. Las respuestas, por el momento, siguen confinadas al mundo de la especulación.

La legislación actual

Lo anterior, entre otros ejemplos, constituye los antecedentes históricos y jurídicos de lo previsto por el actual Código de Derecho Canónico, promulgado por la autoridad de Juan Pablo II en 1983, en el capítulo “Del Romano Pontífice y del Colegio Episcopal” (Parte II, Sección I), canon 332, párrafo 2: “Si el Romano Pontífice renunciase a su oficio, se requiere para la validez que la renuncia sea libre y se manifieste formalmente, pero no que sea aceptada por nadie.” A diferencia de la renuncia a los demás oficios dentro de la Iglesia (canon 189, párrafo 1), no se requiere que sea aceptada por nadie por cuanto el Papa “tiene, en virtud de su función, potestad ordinaria, que es suprema, plena, inmediata y universal en la Iglesia, y que puede siempre ejercer libremente” (canon 331).

2 commentaires:

Esteban Falcionelli a dit…

Lo siento amigo, pero no me la creo. Al menos hasta que digan todos los expertos y la misma santa Sede. Lo cual sería nefasto.

Saludos en Xto.,

Esteban Falcionelli a dit…

Concedo, mil disculpas, y que Dios nos ampare